El caso Fórum Filatélico ya tiene sentencia con penas de hasta doce años por estafa y blanqueo

El caso Fórum Filatélico ya tiene sentencia con penas de hasta doce años por estafa y blanqueo

La Audiencia Nacional, a través de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, en su Sentencia hecha pública el 13 de julio, ha condenado a penas que van desde los 6 meses de cárcel a los 12 años y 4 meses para 20 de los 27 acusados en el juicio por la estafa de Fórum Filatélico, a la que considera el “paradigma de las estafas piramidales”.

El 9 mayo de 2006, momento de su intervención judicial, Fórum Filatélico SA estaba integrada por 268.804 clientes, pequeños ahorradores titulares de 393.754 contratos, que habían confiado a la empresa más de 3 mil millones de euros.

Blanqueo de libro

Fórum tenía una estructura visible, con su administración, propiedad, red comercial y sus locales abiertos al público, y otra clandestina, que operaba en secreto, detrás de personas jurídicas que se ocultaban una a otras y aprovechando paraísos fiscales.

Los testaferros eran reclutados entre los empleados, aprovechando la relación de confianza que les unía.

Tal como señalan los magistrados en la sentencia, se trata también de un caso “paradigmático” en el que algunos de los acusados eran “profesionales del blanqueo”.

Por eso, no es raro que la actividad que desplegaron los procesados con ayuda de otros profesionales como abogados y economistas “recorrió las diversas fases que describe la literatura especializada en el lavado de activos, pues se iniciaron con la ocultación, pasaron por la confusión y llegaron a integrar los activos en el sistema bajo apariencia de legalidad”.

En ese contexto, diseñaron una compleja red de sociedades radicadas en diversos países que se interponían en cascada entre el proveedor de los sellos y Fórum Filatélico, con la finalidad de incrementar artificialmente el precio de adquisición y desviar dinero de los inversores, lo que causó un perjuicio a la empresa de más de 56 millones de euros entre 1999 y 2005.

Este entramado se puso al servicio de la ocultación y colocación del dinero, «que fluía de una cuenta a otra, entre sociedades, con la única finalidad de integrarse en el circuito financiero y difuminar las huellas que lo vinculaban con el fraude a gran escala que ocultaba el funcionamiento de la compañía», explica la Audiencia Nacional.

El manejo combinado de las decenas de cuentas que controlaban, que aparecían a nombre de sociedades participadas por otras sociedades de paraísos fiscales, les permitió mover una importante cantidad de capital, más de 427 millones de euros, mediante transferencias sucesivas y extracciones en metálico, hasta ocultar definitivamente buena parte del dinero, casi todo el que no estaba destinado a pagar la mercancía a los proveedores reales.

Además, los directivos de Fórum llevaron a cabo inversiones inmobiliarias en las que el administrador-siempre detrás de sus sociedades- pudo blanquear propiamente, 30 millones de euros en bienes inmuebles que colocó bajo la titularidad de alguna de sus sociedades.

Modus operandi

Entre 1998 a 2006 Fórum Filatélico desarrolló un negocio de captación masiva de dinero procedente de pequeños ahorradores, dinero que devolvía en el plazo determinado con un interés añadido superior al de las entidades financieras. El motivo que alegaban para retribuir el dinero que recibían era la inversión en valores filatélicos, que se componían de series de sellos de correos del tema Europa emitidos por la Confederación Europea Postal y de Telecomunicaciones (Cept), cuyo precio fijaba la compañía en atención a sus necesidades financieras mediante unas listas internas.

En la publicidad de sus productos sostenían que los sellos se revalorizaban de manera constante y sostenida. La actividad se formalizaba en contratos-tipo de compraventa de lotes de sellos que encubrían la realidad económica de la transacción. Un depósito gratuito de los valores acompañaba a la compraventa.

Según explica la sentencia en los hechos probados, el inversor compraba, según decían, por un precio equivalente al valor de la filatelia que le adjudicaban, asumiendo la compañía el compromiso de recompra por el que se obligaba a devolverle en un plazo el dinero aportado más la rentabilidad acordada. De esa manera, Fórum Filatélico «había construido un mercado cerrado, ajeno al del coleccionismo de sellos, bajo la apariencia de compraventa de valores filatélicos».

Los clientes invertían sus ahorros por la alta rentabilidad que ofrecía el producto, que era ajena al valor del sello y a cualquier hipotética revalorización, de ahí que siempre optaran por revender la filatelia y percibir el interés pactado, que hasta la intervención judicial la empresa abonó puntualmente.

Fórum había adquirido más de 121 millones de sellos, un patrimonio que tenía escaso valor en el mercado, porque no había demanda que lo absorbiera. Como el mercado era el único espacio donde los sellos -el activo casi exclusivo de Fórum- podían lograr liquidez, era ficticia la idea de que soportaban económicamente la inversión del cliente más la retribución garantizada. En realidad, la filatelia acumulada en grandes masas por la entidad, hasta el punto de haber desecho el mercado, estaba sobreestimada de manera espectacular y tenía un escaso valor. A consecuencia de ello el negocio producía pérdidas constantes, debido al compromiso de recompra con intereses y a que la única fuente de ingresos era el dinero de los inversores.

Por ello, Fórum solo era capaz de mantener la actividad reteniendo a los inversores para que renovaran sus contratos y captando nuevos clientes que aportaran capitales.

Para presentar una imagen de solidez del negocio y aparentar la existencia de beneficios, Fórum Filatélico elaboraba sus cuentas anuales ocultando las obligaciones de recompra con los clientes, que no se reflejaban en el pasivo. Anotaba como ventas la entrega de capital por parte del cliente y como compras la devolución del dinero más los intereses, y sobrevaloraba en el activo su filatelia, lo que impedía conocer su estado patrimonial.

Las penas

El expresidente de la entidad Francisco B. resulta condenado a 12 años, 4 meses y 16 días de prisión por delitos de estafa agravada continuada en concurso con insolvencia punible y falseamiento de cuentas anuales continuado y por delito de blanqueo de capitales. Se le impone, además, una multa de 49,7 millones de euros y una responsabilidad civil por la que deberá indemnizar, junto con otro de los condenados, a los 190.022 titulares de los 269.570 contratos filatélicos reconocidos por la Administración Concursal en el Juzgado Mercantil 7 de Madrid en una cantidad superior a los 3.700 millones de euros.

La Sala condena igualmente al exdirector general de Fórum Filatélico Antonio M. a 2 años y 3 meses como cómplice de delito continuado de estafa agravada en concurso con insolvencia punible y por blanqueo y multa 15,9 millones de euros al aplicarle la atenuante de confesión, mientras que al exdirector jurídico Juan Ramón G. le impone la pena de 6 años y 3 meses e igual multa por estafa agravada y blanqueo.

El fallo también condena a los auditores José C.S. y Rafael R.B. como cooperadores necesarios en el delito de falseamiento de cuentas societarias a las penas de 2 y 1 año de cárcel, respectivamente. El resto de acusados, colaboradores en la estafa y en los delitos de blanqueo de capitales, resultan condenados a penas de prisión de entre 6 meses y 4 años y multas que llegan hasta los 63,5 millones de euros.

El Tribunal absuelve a los cuatro miembros del Consejo de Administración que fueron juzgados –Miguel Ángel H., Francisco José L.G., Agustín F.R. y Juan M.M.- por los delitos de estafa agravada continuada, insolvencia punible y falseamiento continuado de cuentas societarias.

La resolución de la Sección Primera, con ponencia del magistrado Ramón Sáez, aplica a todos los condenados la atenuante de dilaciones indebidas simple. Se acuerda el decomiso de numerosas fincas y cuentas bancarias y el dinero depositado en cajas de seguridad y se ordena que todo el dinero que se obtenga en la ejecución sea puesto a disposición de la Administración concursal para que lo distribuya de manera ordenada entre los perjudicados.